lunes, 27 de junio de 2011

Comunidades mapuches afectadas por las cenizas

(ANNPI )En medio de las cenizas que cubren a la ciudad sureña de Villa La Angostura, la comunidad mapuche Paichil Antriao se encuentra afectada. La referente de la comunidad Rosa Sobarzo confirmó que luego de tres días sin víveres, recibieron agua y alimentos. Sin embargo, están esperando más ayuda porque la situación es “muy grave”.
“Somos 40 familias en una situación muy difícil, las plantas están por debajo de las cenizas. Lo que más necesitamos es abrigo, antiparras, barbijos, chapas y calzado para el frío, porque se rompen con la ceniza húmeda. Las autoridades provinciales dijeron que el resto de la ayuda tiene que venir de la Nación. Esperemos que así sea”.
“La gente del hospital y de rescate se portan muy bien con todos. Pero los de rescate no tienen los vehículos necesarios para subir al cerro Incayal y lo hacen con autos particulares que se rompen”. Además de Paichil, hay otras comunidades afectadas, como la de Quinto Purai.
La comunidad Paichil se encuentra en conflicto por las tierras ocupadas desde hace varios años por el empresario Henry Fischer, que está acusado de contratar mercenarios para vigilar las tierras y amedrentar a las comunidades. “Esto que está pasando tiene que servir para que la gente se una. Nos hace conocer más al otro. El conflicto del territorio lo estamos dejando de lado por lo que está pasando ahora y seguimos esperando que avance judicialmente. Si bien se ha ganado el lugar donde está Rewe (el sitio de ceremonia), no se resolvieron el resto de los territorios”, resumió Rosa.

viernes, 17 de junio de 2011

Presentación de la Agencia Nacional de Noticias de Pueblos Indígenas (ANNPI)

En la era de la información, nuestra voz sigue siendo ignorada. Hoy, como siempre, pretendemos que sea escuchada por todos. La situación de las comunidades en todo el territorio argentino sigue siendo de exclusión. Este nuevo año es el elegido para cambiar esta situación. Queremos comunicarles en primera persona quiénes somos, cómo vivimos y cuáles son nuestros problemas sin intermediarios. Por eso decidimos crear nuestra propia agencia de noticias: la Agencia Nacional de Noticias de Pueblos Indígenas, ANNPI. Es un paso más en nuestra lucha por la libertad, la igualdad y la dignidad.
La presentación de ANNPI ante los medios y la sociedad toda será el martes 21 a las 14 horas en la sala 1, segundo piso, del anexo de la Cámara de Diputados. De la misma participarán dirigentes de pueblos originarios, el músico Víctor Heredia, la periodista Sandra Russo y el sociólogo Atilio Borón.

domingo, 5 de junio de 2011

Lucha Indigena Chaqueña

En la provincia mesopotámica se encuentra una de las comunidades más grandes de población indígena. Los ejemplos de Sauzalito y Bermejito son claros para comprender la problemática de los conflictos territoriales que atraviesan los pueblos originarios.

(ANNPI) Ariel Fabián es un dirigente wichi de Sauzalito muy joven. Vino a Buenos Aires para afrontar medios que no quieren escucharlo y relatar dos casos que conmocionaron a las comunidades el último año: un indígena ahorcado en una celda de una comisaria y otro con quemaduras que le propiciaron efectivos policiales.

“En mayo tuvimos un caso tremendo de un hermano que por levantar la voz lo tenían marcado. El muchacho venía de pescar, lo interceptó la policía y lo llevó a la dependencia sin explicación. Allí, le sacaron sus pertenencias sin ningún motivo”, reconstruyó Fabián. “Luego lo llevaron a la celda, le vendaron los ojos y lo prendieron fuego. No murió, pero tiene quemaduras”.

La policía ante los reclamos de la comunidad no dio respuestas: “La versión de la policía es que él estaba ebrio y que molestaba. Una gran mentira porque hay testigos que vieron que no estaba haciendo nada. Hicimos una denuncia en la Justicia, pero no paso nada”.

El segundo caso fue de un hombre que apareció colgado de una soja en la celda de una comisaria. “La policía informó que ya tenía un intento de suicidio. Una mentira. Nosotros como indígenas sabemos que de ninguna manera un miembro de la comunidad tendría ese accionar. De estos casos hay muchos anteriores. Vemos la discriminación constante de las comunidades indígenas”, explicó Fabián.

El pueblo de Sauzalito se ubica en el departamento de Guemes, el que mayor número de indígenas presenta en toda la provincia de Chaco. “somos el 75 por ciento de los pueblos originarios. El gobernador dice que hay un crecimiento del 80 por ciento en el Departamento Chacabuco que es donde están todos los grandes empresarios, pero en Güemes no hay reactivación de tierras, planes de vivienda, no hay nada. Queremos el derecho de igualdad y poder buscar una coordinación para poder vivir mejor”, aseguró Fabián.

Muy cerca de Sauzalito, se encuentra la otra lucha indígena de la provincia: la Quom. “Le cedieron a un yankie tierras de Bermejito. Se cortaron los puentes de acceso a las 150 mil hectáreas. Después de 10 años de lucha las comunidades lograron rescatar el título que estaba bajo el decreto desde el año 1924”, explica Julio Villament de la comunidad del Bermejito.

“Estaba todo prohibido. Cuando se consigue 150 hectáreas tuvimos que hacer malabarismos para que los criollos puedan tener una parcela en donde tener un desarrollo de vida porque los consideramos hermanos”.

Villament además asegura que existe otras 290 mil hectáreas que pasaron a estar en manos de la Universidad Nacional de Buenos Aires y que nadie habla del tema: “Sería de un valor enorme que los estudiantes de agronomía conocieran estos territorios del que son en teoría dueños”.

viernes, 3 de junio de 2011

Entrevista a Luis Baez, Titular del Concejo Indigena Nacional

El principal dirigente territorial del Consejo Nacional Indígena Luis Baez apuntó al actual Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI) ya que “no da respuestas a las comunidades”. Además, confirmó la realización del Congreso Nacional de Pueblos Indígenas en apoyo al Convenio Internacional de la OIT 169 para el 20 de junio en Rosario.

El dirigente aseguró que si el tratado es elevado a rango constitucional, cambiará la situación de los pueblos: “Su reglamentación solucionaría muchos conflictos territoriales que tenemos tanto a nivel privado como público. Hoy en día contamos 500 en todo el país y son solucionables. Los funcionarios en general no saben los beneficios que traería, pero nosotros estamos para asesorarlos”.

Sin embargo, pretenden ampliar la discusión que se da en el Congreso a otros ámbitos. “Se van a discutir todos los lineamientos políticos de la problemática de los pueblos originarios, desde lo social, cultural, político y la cuestión de género”. Además de resaltar las problemáticas de los pueblos originarios, Baez enfatizó: “En el sector de los pueblos originarios muchos somos muy capaces de dirigir, afrontar problemáticas y soluciones. No sólo queremos plantear los problemas, sino las posibles soluciones para nuestro sector”.

Para Baez las soluciones no parecen poder surgir del INAI, al que señaló como “agotado” en su función. “El INAI fue una alternativa en su momento porque el Estado reconoció que había un asunto que resolver, pero ya dejamos de ser un mero asunto. Nosotros queremos empezar a discutir las cuestiones políticas porque somos los que estamos en los territorios. Necesitamos funcionarios indígenas, diputados y concejales. El INAI tiene muchos proyectos e ideas, pero no produce cambios en la práctica”.

La representatividad es un tema central para Baez: “Se están tomando decisiones sin nuestra participación. Existe el Consejo de Participación Indígena (CPI), pero todo lo que hace no se lleva a la práctica”. Para Baez, Una propuesta concreta para reformular la representatividad dentro del Estado es conformar una Secretaría de Pueblos Originarios “para discutir las políticas nacionales de todo tipo”.

Respecto del avance legislativo para elevar a rango constitucional el convenio 169 de la OIT, Baez señaló que ve buena voluntad en distintos bloques legislativos y funcionarios nacionales. “Como miembros del Consejo de Participación Indígena tuvimos la suerte de sentarnos con la Presidenta que nos ha dado un marco favorable para reglamentarlo, pero no se llevó a la práctica.”

Por otra parte, Baez explicó que del Congreso participarán gran cantidad de representantes de de pueblos originarios, miembros del Consejo de Participación Indígena, de institutos provinciales, referentes de asociaciones civiles y de cooperativas de trabajo, entre otros, para respaldar el convenio y aportar propuestas para su reglamentación.


jueves, 2 de junio de 2011

Neuquén: Pedido de mesa de diálogo de los pueblos originarios

En medio de una puja de intereses con empresas del rubro petrolero en la provincia de Neuquén, representantes del movimiento indígena se dirigieron al ministro del Interior Florencio Randazzo para que interceda. “Ante la posición de tercerizar la comunicación, entre pueblos y el Estado con organizaciones que no nos representan y con funcionarios que no tienen poder de decisión, le solicitamos una urgente reunión, audiencia o mesa de diálogo nacional”. Además, los principales referentes de pueblos originarios avisaron que viajaran a apoyar al pueblo mapuche.

El pedido no sólo fue para Randazzo, el gobernador Jorge Sapag fue instado una vez más a resolver el conflicto con las comunidades mapuches que habitan las tierras de Neuquén. En conflicto se da en medio de un cruce entre los sindicatos provinciales de gas y petróleo y las empresas proveedoras de combustible. Sapag ya había sido instado numerosas veces por representantes de pueblos indígenas para resolver la cuestión de las comunidades mapuches.

“Instamos una vez más a interceder entre las partes para comenzar a brindar espacios necesarios de articulaciones que permitan la búsqueda especifica de soluciones reales a la problemática interminable de descendientes de los dueños del territorio”, difundió el comunicado del Consejo Nacional Indígena.

lunes, 30 de mayo de 2011

647.355, INDÍGENAS ”VOTARÁN ” EN PROVINCIA DE BUENOS AIRES - 2011-

Buenos Aires 30 de mayo 2011
Los números del padrón indígena, los coloca en una situación distinta. de cara a las elecciones de Octubre 2011 a los Pueblos Originarios, puesto que, 647.355, es el resultado que arrojó, el Padrón Indígena en Provincia de Buenos Aires, que se realizó desde febrero de este año, sobre los descendientes de Pueblos Originarios, mediante la implementación de planillas socio económicas, que determinan la situación general de las familias, que pertenecen a los distintos pueblos y comunidades indígenas existentes, en toda la provincia de buenos aires, este sistema de trabajo lento pero eficaz, no tuvo subvención alguna del estado nacional y fue realizado, por los dirigentes nacionales y provinciales en prolífica social y comunitaria en conjunción directa con la Mesa Política Indígena de provincia de Buenos Aires y la colaboración del Consejo indígena de Buenos Aires (CIBA), ante la falta de datos concretos del INDEC y la falencia en la implementación, de las planillas aborígenes en el ultimo censo nacional 2010, los dirigentes nacionales y provinciales se mostraron muy conformes con el resultado, El padrón es un éxito, el voto indígena en estas elecciones será respetado y respaldado por sus propios representantes.

jueves, 19 de mayo de 2011

Derechos de las comunidades indígenas

El ser humano ha debido recorrer un largo y extenso camino para que se le reconociese su condición de sujeto de derechos internos y su trascendencia en la normativa internacional.
Derechos humanos, “derechos subjetivos”, “derechos del hombre”, son algunas de las expresiones utilizadas para aludir a aquellos derechos, principios, valores y garantías contenidos en las declaraciones y tratados internacionales. Efectivizar condiciones de vida y desarrollo compatible con la dignidad humana son los fundamentos de los derechos del hombre.
La Carta de Naciones Unidas (ONU) establece en su capítulo I “realizar la cooperación internacional en la solución de los problemas internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario, y en el desarrollo y estímulo del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales de todos, sin hacer distinción por motivos de raza, sexo, idioma o religión”.
La Argentina es parte de ese bloque de declaraciones y tratados de derechos humanos incluidos en el artículo 75, inciso 22, de la Constitución Nacional con la reforma de 1994.

Resolución de la ONUEl Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial de las Naciones Unidas (ONU) aplicó la ley nacional 26160.
Esta norma declara la emergencia en materia de posesión y propiedad de las tierras que tradicionalmente ocupan las comunidades indígenas originarias del país, cuya personería jurídica ha sido inscripta en el Registro Nacional de Comunidades Indígenas u organismo provincial competente o aquellas preexistentes por un término de cuatro años que luego fuera ampliado por otra etapa similar.
La esencia de esta norma es que suspende la ejecución de sentencias, actos procesales o administrativos, cuyo objeto sea el desalojo o desocupación de las tierras. La posesión debe ser actual, tradicional, pública y encontrarse fehacientemente acreditada. La ley creó un fondo especial para la asistencia de las comunidades indígenas destinados para afrontar los gastos que demanden el relevamiento técnico-jurídico, catastral, labores judiciales y extrajudiciales. Este fondo fue asignado al Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (Inai).

Derechos constitucionales La Constitución nacional, en el art. 75, inciso 17, se refiere al reconocimiento de la preexistencia étnica y cultural de los pueblos indígenas argentinos. Reconoce la personería jurídica de sus comunidades y la posesión y propiedad comunitarias de las tierras que tradicionalmente ocupan y regula la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano. Las provincias pueden ejercer concurrentemente estas atribuciones.
La Convención Constituyente de 1994 sancionó por votación unánime esta cláusula en la sesión ordinaria del 11 de agosto de aquel año. Como apuntamos, la norma constitucional reconoce la propiedad y posesión de las tierras que tradicionalmente ocupan y la posibilidad de acceder a otras tierras aptas para el desarrollo.
La Constitución hace referencia a la normativa que habrá de regular la entrega de las tierras públicas, y las provincias deberán acatar en tanto deban cumplir con la distribución. Como la mayoría de las tierras públicas disponibles son provinciales se hace necesario una adecuada legislación local para efectivizar la distribución mediante las legislaturas provinciales. Señala el constitucionalista Quiroga Lavié que la ley del Congreso podrá disponer un régimen de distribución de tierras públicas provinciales diferentes, que deberá ser respetado por cada provincia. La ley nacional del indígena 23302 dispone que las comunidades formen parte del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas. En consecuencia, conforme lo dispone la Constitución nacional, las tierras no se pueden enajenar, transmitir, gravar ni embargar, cualidades que caracterizan el dominio público.

EmergenciaPero es necesario recordar que la Ley 26160 no pudo frenar la ola de desalojos ni lograr avances en los relevamientos territoriales en el marco de una solución a la emergencia comunitaria indígena.
Incluso en un caso intervino la Comisión Interamericana de Derechos Humanos del Pacto de San José de Costa Rica, que pidió al Estado argentino que informe sobre la situación de los pueblos indígenas de la provincia de Tucumán. Recordemos que en noviembre de 2009 Abogados del NOA en Derechos Humanos y Estudios Sociales en representación de diez comunidades indígenas de la mencionada provincia, acudieron a dicha Convención para que el Estado argentino adopte medidas cautelares con el objeto de proteger derechos reconocidos por ese instrumento de DD. HH.
Legalmente existen medidas adecuadas y efectivas para proteger los derechos a la vida, la propiedad y la protección judicial de las comunidades y sus miembros, garantizando la suspensión de todo acto o medida que implique el desalojo de las comunidades indígenas.
Desde el Centro de Estudios Legales y Sociales (Cels) el informe destaca que “los temas indígenas deben formar parte de las políticas y la agenda pública, ya que existe una situación muy grave de violación de derechos humanos contra esos pueblos”. El organismo internacional de la ONU solicitó al Estado argentino la adopción de medidas para lograr “una adecuada representación y participación indígenas”.

La región y su normativaEl art.37 y, especialmente en lo que a este tema concierne sobre Tierra Pública, el art.42 de la Constitución del Chaco (1994) dispone que “el régimen de división o adjudicación de la tierra pública será establecido por ley, con sujeción a planes de colonización, con fines de fomento, desarrollo y producción que prevean: la distribución por unidades económicas de tipo familiar, de acuerdo con su calidad y destino; la explotación directa y racional por el adjudicatario; la entrega y adjudicación preferencial a los aborígenes, ocupantes, pequeños productores y sus descendencia; grupos de organización cooperativa y entidades intermedias sin fines de lucro; la seguridad del crédito oficial con destino a vivienda y a la producción, el asesoramiento y la asistencia técnica.
El trámite preferencial para el otorgamiento de los títulos, o el resguardo del derecho, una vez cumplidas las exigencias legales por parte de los adjudicatarios (…). El art. 43 establece que “no podrán ser adjudicatarias directas o indirectas las sociedades mercantiles cualquiera sea su forma o naturaleza, y las instituciones de carácter religioso o militar (…)”.
En general, la Constitución de la Provincia de Formosa dispone principios similares y en lo referente a la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan (pueblos aborígenes) “ninguna de ellas será enajenable, transmisible ni susceptible de gravámenes o embargos (…)” (art.79, Constitución de Formosa, 2003). En tanto la Carta Política de la Provincia de Corrientes (2007), en su art. 66, expresa “(…) debe preservarse el derecho de los pobladores originarios, respetando sus formas de organización comunitaria e identidad cultural”.
Parte de una comunidad originaria de la provincia de Formosa actualmente acampa en la avenida 9 de Julio de la Capital Federal esperando ser atendida por autoridades nacionales. Los medios informan constantemente sobre esta irregular situación ligada a la defensa de los derechos humanos .

Derechos humanosEs evidente que la Constitución nacional como, en general las constituciones provinciales reivindicaron a los pueblos indígenas originarios de esta tierra. Es una cuestión que hace a derechos humanos esenciales de aquellas comunidades que fueron históricamente dueñas de este territorio. Las legislaturas provinciales tienen competencia para regular las realidades provinciales y hacer justicia con estas comunidades dispersas y a veces abandonadas a su suerte en el país.
La Declaración Universal de los Derechos Humanos afirma que la libertad, la justicia y la paz en el mundo tienen por base el reconocimiento de la dignidad intrínseca y de los derechos iguales e inalienables de todos los miembros de la familia humana.
Ese es el sentido y el rumbo a seguir, aunque ahora está en crisis por los hechos adoptados por el grupo indigenista de la provincia de Formosa en Buenos Aires, en reivindicación de sus derechos.